Septiembre es el mes del testamento, y bajo ese pretexto es bueno recordar que muchos de nosotros no hemos tenido la cultura de la prevención cuando se trata de poner en orden nuestro patrimonio o el legado que le dejaremos a nuestros familiares en caso de un posible fallecimiento.
El presidente del colegio de notarios de Baja California, Xavier Ibañez Veramendi recalcó la importancia del trámite, el cual durante los meses de septiembre y octubre tendrá un descuento del 50%.
Recordó que por decreto y por modificación de los códigos civiles en varios estados se suprimió la presencia de testigos.
El costo para solicitar un testamento será de 900 pesos durante este periodo. En el caso de las personas de la tercera edad estos pagarán 450 pesos presentando su tarjeta del Inapam.
Un dato que quizás poca gente conocía es que cualquier persona puede elaborar su testamento a partir de los 16 años.
Ibañez aprovechó para aclarar algunas dudas respecto al testamento, pues mucha gente piensa que, si alguien tiene una deuda y fallece, esta se trasladará a sus familiares, situación que no es así si se cuenta con un seguro que se especifica en las escrituras de la casa (como en la mayoría de las situaciones), donde dicho adeudo se cubre completamente en caso de morir el titular.
“Este septiembre y octubre, que convenimos con el Gobierno del Estado y el Colegio nos permite a los notarios socializar nuestra función, acercarnos a la comunidad, por lo que es muy importante que la gente sepa que cualquier consulta que quieran hacer ante un profesional pueden acercarse a cualquier notaria y nosotros no cobramos por asesorías”.
Los requisitos para poder solicitar un testamento son muy sencillos, pues solo se necesita ser mayor de 16 años, tener las ganas de hacerlo, una identificación oficial y expresar claramente que es lo que se quiere, contando obviamente con la documentación de las propiedades y pertenencias que lo requieran.
“Son las instrucciones que una persona deja al momento de fallecer”, dijo Ibañez.
Otra duda abordada fue cómo funciona si alguien quiere regalarle una casa a sus padres, hijos o pareja.
“Cuando se hace una donación de una propiedad de padres a hijos o cónyuge no causa impuesto de adquisición de bienes e inmuebles, que es un impuesto municipal del 2% y no causa impuesto de renta porque no hay utilidad”, comentó el presidente de notarios.''
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