México

Menor de edad embarazada fue asesinada por disparos de la Guardia Nacional: CNDH

La joven de 16 años tenía dos meses de embarazo; los elementos de la Guadia Nacional negaron haber actuado con fuerza excesiva

Derivado de una persecución, una joven de 16 años perdió la vida a consecuencia del uso excesivo de la fuerza, a manos de la Guarda Nacional; la menor de edad tenía dos meses de embarazo.

Los hechos iniciaron, según informa la CNDH, en la carretera libre Zapotlanejo-Guadalajara, cuando una pareja abordo de una camioneta recibieron la orden de detenerse y que sin embargo, tal acción, terminó en una persecución. Tres elementos hicieron uso de la fuerza excesiva que tuvo como resultado el fallecimiento de la joven de 16 años, la cual tenía dos meses de embarazo.

Los elementos de la Guardia Nacional justificaron la detonación de armas de fuego, argumentando que el sujeto que conducía la camioneta, les apuntó con una arma; el conductor, único sobreviviente, negó que hubiera amenazado a los elementos federales.

En una nota de Aristegui Noticias refiere ciertas observaciones que fueron dirigidas a Rosa Icela Rodríguez Velázquez, titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) que atestiguan de distintas fuentes, que los hechos elementos federales no procedieron de acuerdo a la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, es decir, que los elementos de la Guardia Nacional hicieron uso excesivo de la fuerza injustificadamente, lo cual terminó en la muerte de una joven embarazada.

La CNDH concluyó sobre el caso, que su actuación derivó en un uso ilegal y excesivo de la fuerza letal, que vulneró el derecho humano a la vida, a la integridad, a la seguridad personal y legalidad, de las dos víctimas de la agresión.

Los elementos de la Guardia Nacional argumentaron que no consideran que hayan hecho uso excesivo de la fuerza durante los hechos, sin embargo, tampoco hubo pruebas de que hayan empleado otro tipo de estrategias en contra de la pareja.

Según lo exigió la CNDH, las víctimas directas e indirectas del caso, deberán ser inscritas en el Registro Nacional de Víctimas para atender la reparación del daño, además de ser compensados justamente por los daños y la gravedad del asunto.


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