Las plataformas de streaming han revolucionado la industria del entretenimiento y pese a que representan un gasto extra, algunas personas se preguntan si existe la posibilidad de que el pago de estos servicios pueda deducirse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La respuesta es simple: Sí, es posible, los gastos que destinas a servicios como Netflix, Amazon, HBO, Disney+, entre otros, son deducibles de impuestos, sin embargo, es necesario saber que la opción está disponible para todos los contribuyentes.
Según el artículo 27 de la Ley de Impuestos Sobre la Renta (LIR), los gastos pueden deducirse siempre y cuando sean indispensables para las actividades realizadas por los colaboradores.
Esto establece el mencionado artículo:
“[h]Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos: Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, salvo que se trate de donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan los requisitos previstos en esta Ley y en las reglas generales que para el efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria[/h]”.
Las personas que pueden beneficiarse de esta norma son los críticos de cine, televisión, músicos, compositores y creadores de contenido, así como quienes escriben en sitios web, medios tradicionales y todos aquellos que demuestren que sin el pago de las plataformas de streaming les es imposible generar ingresos extra.
Por esta razón, pocas personas tienen la oportunidad de deducir los gastos de streaming, además de que para acceder a este beneficio es necesario detallar este tipo de gastos, de lo contrario el SAT podría rechazarlos.
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