México

3 puntos importantes del proceso electoral extraordinario de elección de jueces federales

La elección popular se llevará a cabo en junio del 2025

El día de hoy lunes 23 de septiembre, Guadalupe Taddei, presidenta del INE, se presentó en la primera sesión del Consejo General de INE.

Con ello, dio cumplimiento al séptimo párrafo del Segundo Transitorio del Decreto que reforma la Constitución en materia del Poder Judicial Federal, que dispone:

‘’La etapa de preparación de la elección extraordinaria del año 2025 iniciará con la primera sesión que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral celebre dentro de los siete días posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto’’

Anunció que el INE está listo para la organización de este proceso extraordinario de elección de Ministros(as), Magistrados(as) y Juez(as) de Distrito por elección popular.

El M.I. Y LIC. RAFAEL TOLEDO NAVARRO de la firma LITISMX, S.C., nos comenta tres puntos importantes al respecto:

1. ¿Qué sigue a corto plazo a partir de este lunes 23 de septiembre?

Lo más importante para la sociedad civil es estar al pendiente de que las autoridades federales cumplan en tiempo y forma con sus obligaciones constitucionales.

El tercer párrafo del Segundo Transitorio del Decreto antes mencionado establece:

" El Senado de la República tendrá un plazo de treinta días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto para emitir la convocatoria para integrar los listados de las personas candidatas que participen en la elección extraordinaria para renovar los cargos del Poder Judicial de la Federación (…)."

El Senado cuenta con el plazo de treinta días naturales a partir del martes 17 de septiembre para emitir la convocatoria de los posibles justiciables.

Es decir, la convocatoria debe estar lista a más tardar el próximo martes 17 de octubre. El Decreto se publicó el domingo 15 y entró en vigor el lunes 16 de septiembre.

El Senado de la República, actualmente, está a la espera de que el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) le remita el número de vacantes de magistrados y jueces (por jubilación o por retiro anticipado).

La convocatoria deberá establecer las etapas completas del procedimiento electoral extraordinario, además de las fechas y plazas vacantes.

Es recomendable estar al pendiente de los acuerdos que emita el Consejo General del INE respecto a la organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización del proceso electoral extraordinario.

La elección o voto popular dará inicio el domingo primero de junio de 2025.

2. ¿Cómo será la elección de Magistraturas y Juzgados de Distrito?

El cuarto párrafo del Segundo Transitorio del Decreto dispone que la convocatoria que emita el Senado en el año 2025 deberá contener la mitad de los cargos correspondientes a cada circuito judicial (treinta y dos totales) y la parte restante, en la elección federal ordinaria del año 2027.

El listado que remita el CJF al Senado deberá contener:

a) La totalidad de cargos de personas juzgadoras
b) La especialización por materia
c) El género
d) Las vacancias
e) Las renuncias
f) Los retiros programados
g) Demás información

Con esa información, el Congreso establecerá la porción de cargos a elegir en cada circuito judicial valorando primero las vacancias, renuncias y retiros programados.

Los cargos restantes serán seleccionados -como comúnmente le han llamado- por ‘’tómbola’’. Al azar.

3. ¿Qué información contendrán las boletas electorales de Magistraturas y Juzgadores Federales?

Es sumamente trascendente investigar, analizar y/o estudiar los antecedentes académicos y profesionales -como mínimo- de los postulantes.

El sexto párrafo del Segundo Transitorio del Decreto prevé los datos que deberán contener las boletas, veamos:

a) El cargo
b) La entidad federativa, y en su caso, el circuito judicial
c) Llevarán impresos los nombres completos numerados por orden alfabético y progresivo iniciando por el apellido paterno
d) La especialización por materia -en su caso-

El listado de personas candidatas será:

I. Las que postule la autoridad
II. Las candidaturas de las personas juzgadores que estén en funciones en los cargos a renovar y deseen participar en la elección

Para el cargo de Ministro(a) podrá votarse hasta cinco mujeres y cuatro hombres.

Para el cargo de Magistrado(a) del Tribunal de Disciplina Judicial podrá votarse hasta tres mujeres y dos hombres.

Para Magistrado(a) de Sala Superior del Tribunal Electoral podrá votarse hasta dos mujeres y dos hombres.

Para Magistrado(a) de Sala Regional del Tribunal Electoral podrá votarse dos mujeres y un hombre por cada sala.

Para Magistrado(a) de Circuito y Juez(a) de Distrito podrá votarse hasta cinco mujeres y cinco hombres.

Las personas que resulten electas tomarán protesta de su encargo ante el Senado de la República el primero de septiembre de 2025.

El órgano de administración judicial adscribirá a las personas electas a ese órgano a más tardar el 15 de septiembre de 2025.

*Las opiniones expresadas en este artículo son responsabilidad de su autor y no representan ni parcial ni totalmente la opinión de SanDiegoRed.

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