Baja California

Marina del Pilar exenta de pagar servicio de agua a organizaciones civiles en Baja California

El propósito de esta iniciativa es mejorar la capacidad de estas organizaciones para atender y apoyar a grupos en condición vulnerable

Marina del Pilar Ávila Olmeda, gobernadora de Baja California, emitió un decreto en el Periódico Oficial del Estado para exentar a organizaciones civiles no gubernamentales, así como a instituciones de asistencia social privada que atienden a grupos en condición de vulnerabilidad, de pagar derechos por el consumo de agua, representando un ahorro que mejorará eventualmente su capacidad de garantizar el bienestar de quienes necesitan atención de manera prioritaria.

La mandataria estatal indicó que la exención corresponde al año 2023, mientras que también se condonan los derechos por consumo de agua correspondientes a los años 2019, 2020, 2021 y 2022 previstos en la Ley de Ingresos del Estado de Baja California.

La titular del Poder Ejecutivo del Estado hizo un reconocimiento a la labor y el apoyo de las organizaciones civiles que históricamente han contribuido a la atención de personas migrantes, niñas, niños y adolescentes, y personas adultas mayores.

Marina del Pilar agregó que el descuento será aplicable para organizaciones que no excedan los 25 metros cúbicos mensuales en Tijuana, Playas de Rosarito, Ensenada, Tecate y San Quintín; y para el caso de Mexicali y San Felipe podrá ser de hasta 30 metros cúbicos mensuales.

En ese sentido, el titular de la Secretaría para el Manejo, Saneamiento y Protección del Agua en Baja California, José Armando Fernández Samaniego, expuso que la diferencia en el consumo se pagará de conformidad con las tarifas aplicables en cada uno de los municipios.

"La Comisión Estatal de Servicios Públicos correspondiente tendrá, en todo momento, el derecho de verificar físicamente que las organizaciones e instituciones cumplan con los parámetros respectivos", expresó el funcionario estatal.

Fernández Samaniego agregó que el beneficio aplica para toda las organizaciones, sociedades, asociaciones e instituciones cuya finalidad coincida con uno o más de los servicios básicos en materia de asistencia social que estén registradas ante la autoridad estatal y cumplan con cada uno de los preceptos establecidos en las leyes vigentes.

Asimismo, informó que, para poder beneficiarse con este decreto, deberán primeramente registrarse en la Secretaría de Bienestar Social en donde se les emitirá una carta de solicitud, la cual posteriormente deberá entregarse en el organismo correspondiente a cada municipio.

Será necesario que cada representante de la asociación civil u organización no gubernamental confirme sus actividades, presentando una constancia que acredite su registro en el Catálogo Estatal de Organizaciones o en el Directorio Estatal de Organizaciones.

Por otra parte, las asociaciones y grupos religiosos deben estar previamente inscritas en el Sistema de Empadronamiento de Grupos y Asociaciones Religiosas del Estado (SEGARE) para poder acceder al beneficio.

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